Adaptación a la Ley de Protección de Datos (LOPD-LSSICE)
NUEVO SERVICIO A LES TERRES DE L'EBRE
Ateneu Informàtic SCCL, empresa de Tortosa especializada en equipos, redes informáticas, programación y diseño web, con más de trece años de experiencia avalados por nuestros clientes, amplia sus servicios ofreciendo a las empresas la adaptación y actualitzación a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y Ley de los Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE).
A través de PROLEX (Programación y Legislación SL) con el cual estamos certificados, ahora ALCATRAZ SOLUTIONS SL, con la gran experiencia jurídica, especializados en Derecho Tecnológico y con mayor prestigio del país y de la Unión Europea, con los cuales mantenemos una relación de colaboración técnica y legal (Partner autorizado LOPDGEST), nos ofrecemos a prestar el servicio de asesoramiento, adaptación y mantenimiento técnico-legal de estas normativas.

A QUIÉN AFECTA LA NORMATIVA
Aplicable a todas las empresas y organizaciones públicas o privadas que almacenen, utilicen o traten datos de carácter personal registrados en soporte físico (informático y/o papel) que los haga susceptibles de tratamiento.
La legislación sobre Protección de Datos marca una serie de límites a la utilización de los datos personales, y por tanto, afecta a todas las empresas de nuestro país, ya que en mayor o menor medida todas tratan o gestionan datos de carácter personal de personas físicas (clientes, proveedores, empleados, colaboradores, pacientes, socios, alumnos, accionistas…).
NIVELES TIPOS DE DATOS - SANCIÓN
| N. Bajo - LEVE | Todos los ficheros que contengan datos de carácter personal (datos de contacto) | De 601 a 60.101 € |
| N. Medio - GRAVE | Datos de servicios financieros, hacienda pública, comisión de infracciones administrativas o penales, solvencia patrimonial y crédito (morosidad), ficheros que evalúan la personalidad (CV, cuestionarios...) | De 60.101 a 300.506 € |
| N. Alto - MUY GRAVE | Datos de salud, vida sexual, ideología, creencias, afiliación sindical, origen racial, violencia de género |
De 300.506 a 601.012 € |
OBLIGACIONES LEGALES Y LEGÍTIMAS DE LAS EMPRESAS EN CUANTO A LA LOPD
- Registrar los ficheros de datos en la Agencia Española de Protección de Datos.
- Redactar un documento de seguridad de obligado cumplimiento para el personal.
- Redactar cláusulas de protección de datos.
- Realizar auditorías cada cierto tiempo para comprobar la seguridad de los datos.
- Llevar a cabo medidas de seguridad de carácter técnico y organizativo.
- Elaborar contratos, formularios y cláusulas de recogida de datos.
- Legalizar y legitimar el tratamiento de datos, así como las cesiones o comunicaciones de los mismos, obteniendo el consentimiento de los afectados.
PLANNING DE ADAPTACIÓN LOPD
Fase 1ª – Análisis de la organización y su información.
Información sobre la organización, ficheros de datos de carácter personal, sistemas de información disponibles, procedimientos implantados y flujos de la información.
Fase 2ª – Análisis de los sistemas informáticos.
Análisis de los aspectos técnicos y procedimientos definidos en los sistemas de información.
Fase 3ª – Desarrollo de los procedimientos y documentación técnico - legal.
Desarrollo de los procedimientos que no están actualmente en vigor en la organización, así como la adaptación de los existentes.
Registro de los ficheros a la AEPD, redacción de todas cláusulas, formularios y advertencias legales, elaboración del Documento de Seguridad, contratos, guía de obligaciones y evaluación de las medidas de seguridad a implantar.
Fase 4ª – Asesoramiento final, documentación y formación.
- Explicación de toda la documentación y su servicio.
- Procedimientos de las medidas de seguridad a implantar y formación al Responsable de Seguridad o, en caso necesario, a los trabajadores.
- Activación de la aplicación de gestión, software online AI-LOPD, para el seguimiento de la adaptación y mantenimientos oportunos.
Otros.
- Visitas semestrales o anuales.
- Consultas y asesoramiento, telefónico o por email, de dudas o conflictos en cuanto a la LOPD o de la propia aplicación AI-LOPD.
RECUERDE: La Agencia Española de Protección de Datos puede utilizar la información de la Agencia Tributaria para averiguar que empresas no han inscrito aún ficheros ante la AEPD.
Cualquier persona puede denunciar cualquier empresa que, p. ej.:
- No esté inscrita en la AEPD.
- No disponga del Documento de Seguridad obligatorio.
- No tenga el sistema informático con las medidas de seguridad obligatorias.
- No facilite en su web la información legal y legítima del tratamiento de datos (el consentimiento y derechos ARCO).
- Utilice datos sin el permiso de los afectados.
- No tenga el sistema de videovigilancia adaptado a la LOPD.
- No facilite ninguna información referente al cumplimento de la LOPD en su organización.
- etc.
EVITE SANCIONES acumulativas de hasta 600.000 €.




